GKS 2232 4º: Guaman Poma, Nueva corónica y buen gobierno (1615)

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Los españoles itinerantes en el camino real, pág. 542

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DE LOS TANBOS

Españoles guagamundo deste rreyno:

Muchos españoles andan por los caminos rreales y tanbos y por los pueblos de los yndios, que son los dichos guagamundos, judíos, moros. Entrando al tanbo alborota la tierra; toma un palo y le da muchos palos a los yndios, pidiendo: “Daca, mitayo, toma, mitayo; daca, camarico, toma, camarico.”

No trayendo otro caudal, el más rrico tray un negro y un muchacho y dos bestias y uno para él y el otro para su almofres. Y tray un bestido de camino, otro de ciudad; gasta y come cada el día doze pesos a costa de los yndios. Y dize que es cauallero, apo, dotor, lesenciado y sale cin pagar en cada tanbo y pueblos de yndios.

Desta manera anda en el rreyno; ciendo hombracho, no quiere auajar su lomo ni traer leña, paxa, agua ni seruir a otro, como en Castilla los que no tienen plata no puede salir ni andar de su casa y pueblo. Y ací ay salteadores y guagamundos en Castilla y en este rreyno.

Estos dichos en el tienpo de los Yngas, para que no fuesen rreueldes, guagamundos, para que fuese muy ubedente en este rreyno, la gente en lugar de sédula del Ynga lleuaua señal los señores prencipales y demás yndios pobres en este rreyno. Por donde pasaua con ello, llegaua a los dichos corregidores, tocricoc, jueses, michoc, y les preguntaua: “Yma nacac runam canqui? Pacta yscay sonco runa canquiman.” [“¿Qué hombre desafortunado eres? Cuidado que no seas traidor.”] Responde: “Yncap capacpa ciminguan unanchanguanmi purine.” [“Yo siempre vivo guiándome por las palabras del Inka poderoso.”]

Que ací dauan qüenta a los dichos corregidores, tocricoc, y a los alcaldes, Equeco, Quemequero, en aquel tienpo para que sea conocido y honrrado.

Los españoles en este rreyno, que trayga sus sédulas en el seno por donde pasare. Ci es pechero, ci es hidalgo, ci es cauallero, ci es judío o moro o mestizo o mulato o negro, cada uno den qüenta y muestre sus sédulas a los dichos corregidores; en ausencia del corregidor, a los alcaldes hordenarios y de los tanbos.

Y a los que no llevare sédula, lo pr[e]nda y secueste sus bienes y los lleue ante el corregidor del partido. Y a los que lleuaren sédula de su Magestad o de su gobierno o consejo, les dexe pasar y dé rrecaudo, primero pagando en sus manos a los dichos yndios, acimismo a los dichos saserdotes que lleue sédula de sus perlados. Y ci no, lo pueda prender qualquier justicia de la santa madre yglecia o de su Magestad en este rreyno. Con ello se seruirá a Dios y a su Magestad.

/ tanpu / mitayu / kamariku / t'uqrikuq / Ima nanaq runam kanki? Paqta iskay sunqu runa kankiman. / Inkap qhapaqpa siminwan unanchanwanmi purini. /