GKS 2232 4º: Guaman Poma, Nueva corónica y buen gobierno (1615)

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Mayordomos de las iglesias, las cofradías y los hospitales, pág. 821

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JVSTICIA IN[DI]OS

Mayordomos de la yglecia y de cofrades y de hospitales y de los administradores:

Estos dichos mayordomos se an de pagar de los mismos bienes en cada año doze patagones o de la misma comida, ganado a la cuenta de la plata a cada uno de ellos. Y que no hurte un grano de maýs o de lana. Y ci no lo acudiere, le quite del oficio el dicho administrador y ci fuere fiel y suficiente, lo sea toda su uida. Y que de la uecita no lo pague ello al uecitador de la santa yglecia, cino todo de la dicha prouincia lo pague el dicho administrador y pida su carta de pago de la uecita para su descargo el dicho administrador de la prouincia en todo este rreyno para el seruicio de Dios y de su Magestad.

Que los dichos mayordomos no le elixa ni le dé mandamiento ninguna justicia de su Magestad ni de la santa madre yglecici [sic] cino le dé mandamiento el dicho administrador ci fuere fiel y haga aumento de los bienes, porque ciendo principal o mandón y yndio borracho, coquero o jugador, se lo beue con los alcaldes hordenarios y rregidores y los demás mandoncillos. Le gastan y lo consume los bienes de la yglecia y de cofrade todo lo que tiene en cargo en plata y de las limosnas y de la chacara, sementeras de maý[s] y trigo, papas; del ma[ý]s hazen chicha y se las ueuen y juegan y con ello se enborrachan. Y con la plata pagan sus tributos y de lo demás lo gastan y no tienen cuenta ni rrazón de ello y cí pierde mucho más de las manos de los susodichos.

Y ancí es muy justo que tomen qüenta y tenga cargo y libro oreginal y caxa y lo rreciua el dicho administrador con el salario de la sétima de cada cosa el dicho administrador de la dicha prouincia. Y ancí multiplicará, aumentará y abrá claridad del seruicio de Dios en todo el mundo y en este rreyno.

/ chakra /