GKS 2232 4º: Guaman Poma, Nueva corónica y buen gobierno (1615)

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Offerings and masses required of the Indians (664-667)

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P[adres]

dichos les pide que ponga ofrendas de maýs o rropa del defunto o otras comidas que uale dies pesos o cinco o le quita sus casas y solares y se las uende, quitando las pociciones por donde se ausentan todos los yndios de sus pueblos. Y pide dos candelas de sera de quatro rreales. Acimismo pide de los cofrades y de los ueynte y quatro ermanos y de los casados y de los bautismos, aunque no se deue pagar por ello porque los padres tiran salario.

De otros muy muchos daños aserca de la ofrenda no se escriue porque ay tantos daños que no se puede escriuir de tanto de cada persona. Esto se escriue común daño ni se puede quexarse los dichos pobres yndios. Y los jueses no lo sauen y los yllustres su señoría obispos no lo saue de ellos como lo sé. Y ací se deue poner aranzel para que, pasando la rregla, pidan justicia los yndios en este rreyno. Los ciguientes fiestas del año ofrescan:

La pascua de la Natiuidad de nuestro señor Jesucristo, Uiernes Santo, Corpus Criste y la fiesta de la yglecia, la fiesta de la santa crus, la fiesta de Santa María de Peña de Francia, la fiesta del señor San Bartolomé, apóstor, la fiesta del señor Santiago Mayor, apóstol. Esto se deue ofreser en este rreyno conforme el Concilio1, cada yndio, a medio rreal y las yndias, una masorca. Y a de ser este ofrecimiento en aquel día y se pasare, no tiene que ofreser porque suelen hazer fiesta en cada pueblo, fiesta porque le ofresca y desollalle con esta color a los pobres yndios. Y en hazendo ofreser pazado el día, sea castigado el padre y no pase más esto.

Se a de entender los yndios o yndias que estubiere al presente y los que quicieren ofreser a su boluntad lo pueda ofreser cin apremiallo. Y ci es pobre, bese las manos consagradas del padre. Con esto cumple. Y la ofrenda de todos los sanctos a de ser a rreal o medio rreal y ci no tubiere plata, ponga algún poco de maýs, su ualor de medio rreal o lo que Dios le diere cin apremiallo.

Y se entienda que no sea cosa de cocido ni chicha porque con ello usan su antigüedad del Ynga.

Y de la misa cantada de defuntos con sus uigilias y rresponso muy solene con canto de órgano, a tres patacones. Acimismo de los cofrades de las fiestas y misas de defuntos, de las misas rrezadas de defuntos y de salud, a patacón y no pase más misa de los casados que se uelan y se casan y de bautismo y de entierro, uigilias, rresponsos. No se lleue nada ni de los forasteros porque tiene salario de su Magestad.

Con todo ello, euitará pleytos y quexas y agrauios de los pobres yndios deste rreyno. Y se pasare desta horden, sea castigado los dichos padres como clérigo, frayle priuado de las dichas dotrinas y buelba lo lleuado a los dichos yndios en este rreyno, seruicio de Dios.

1 Véase el capítulo 38 de los decretos del Tercer Concilio de Lima (1583): “que no se lleue nada de los yndios quando se les administran los sacramentos” (Vargas Ugarte, 1951 [Bib]: t. I: pp. 338-339).