GKS 2232 4º: Guaman Poma, Nueva corónica y buen gobierno (1615)

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Prólogo a los itinerantes, mayordomos y mercaderes españoles, pág. 559

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ESPAÑOLES

Uerdaderamente a bien consederar y creer en esta uida todo somos de Dios y de nuestro rrey católico y de su corona rreal, que todos los egleciástico y seglares y todos los rrebeldes desde [e]l mundo contra nuestra santa fe católica y cristiandad de la santa madre yglecia de Roma, de nuestro santo padre papa y de nuestro rrey. Sólo pensar lo hierran y se engañan.

Di cristiano se haze moro y luterano, enemigo de Dios y de nuestro rrey católico; es nunca acauar, alsarse con Dios y rrey.

Y ací se enprime en el mundo Dios y hinche estas armas rreales de nuestro rrey y ací lo escribo.

Castilla, Roma, cauesa del mundo y mienbro de Dios y del rrey. Acimismo es Castilla en este rreyno del Pirú. La ciudad de los Reys de Lima está la corte, adonde rrepresenta la misma persona de su Magestad, el excelentícimo señor bizorrey y su audiencia rreal, pricidentes y oydores y fiscal de su Magestad y alcalde de corte, corregidor, alcalde chordenarios, alcalde de la santa hermandad, alguazil mayor, su señoría en Cristo arzoobispo y su señoría ynquicidor, su señoría de la santa crusada.

Es la cauesa deste rreyno, adonde a de obedeser en este rreyno, después de Castilla y de Roma, audiencia de Quito, Panamá, Santo Domingo, Chuquisaca, Tucomán, Paraguay, Santiago de Chile, audienencias [sic] tiene que obedeser a la ciudad de los Reys de Lima.

Luego todas las ciudades tengan juridición. Y ací le obedescan sus uillas y lugares, aldeas y pueblos, corregimientos. Estos dichos corregidores de las dichas ciudades sean hombres prencipales que pueda prender al dicho corregidor de sus prouincias y uillas y juridición.

Y sea supxeto y enforme a la ciudad de los Rey de Lima a su Magestad y a su audiencia y cauesa destos rreynos. Ci fuera quexa de agrauios de los españoles o de los yndios del dicho corregidor, prenda el cuerpo y ponga tiniente hasta entretanto que mande otra cosa su Magestad. Es la ley y gobierno deste rreyno del Pirú. Y tengan gran obedencia los españoles al prencipal cauesa o gouernador, alcalde de su Magestad en este rreyno.

Cristiano letor de los tanberos y mezoneros y españoles pasageros y caminantes y estantes y señoras y mineros y mayordomos