GKS 2232 4º: Guaman Poma, Nueva corónica y buen gobierno (1615)

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The itinerant Spaniards on the royal road (541-547)

533 [547]

ESPAÑOLES

¿Por qué cauza en Castilla ay salteadores y ladrones, guagamundos españoles? Porque no tiene a quien engañar y rrobar y comer de ualde y cin trauajar como en este rreyno. Comen y rroban y se ciruen de ualde, saltean y hurtan en los pueblos y caminos y tanbos [mesón] deste rreyno a los yndios pobres, ací sus haziendas como sus tierras y mugeres y hijas. Y ancí ay muchos salteadores, más en este rreyno que no en Castilla.

Luys de Aluín, mestizo del Cuzco, fue mayordomo de un cauallero honrrado que no la merecía. Y ancí se alsó en más que no miraua la dicha hazienda que era obligado y pagado de la sétima de la hazienda, que lleuaua el salario y se hacía conpadre de los caciques y de los mulatos. Allí gastaua la hazienda del pobre cauallero y comía el mejor carnero y cabrito. Y decía que él sauía contar, que no auía de auer falta, que poniendo dos zeros lo acauaua.

Y ací gastaua quanto podía. Éste hazía hilar y texer a los yndios, yndias pastores cin pagar y hacía trauajar sementeras y se ponía a ueuer con los yndios.

Y ací al mestizo se le deue pagar como a mestizo cien pesos y doze medias de maýs y doze carneros y al yndio, cinqüenta pesos y doze de maýs y doze carneros y al español, cristiano biejo, ducientos pesos y al cauallero, partida porque se honrra el señor de la hazienda tener por serbicio al caballero y cacique prencipal. Esto se escriue para memoria deste rreyno y bien de los que tienen hazienda.

Ques muy justo y seruicio de Dios y de su Magestad en este rreyno de que los españoles no se puede poblar junto con los yndios1 en las ciudades ni en las uillas, aldeas ni uaya [a] morar nengún español ni española ni mestizo ni mulato ni zanbahigo ni cholo2. Ci fuere española o mestiza o mulata que fuere casado con yndio en este rreyno, que haga los dichos españoles sus pueblos fuera de los yndios en una jornada, ya que no fuera de una legua. Y ci pariere mestiza, chola, lo lleue a la ciudad por el escándolo de ellas.

Diré aserca desto: Lo primero, quitan a sus mugeres y hijas y crían muchos mestizos y cholos;

el segundo, le rroban todas sus haziendas y casas, solares y sementeras, estancias;

el tersero, que los yndios se hazen uellacos y borrachos, jugadores, peresosos, ladrones y cimarrones. Beuiendo con ellos, se alsarán y serán traydores. Y ancí ellos conbida con sus hijas a los dichos españoles y le dan a sus ermanas. Y ancí son perjudiciales los dichos españoles y señoras y sus hijos y criados y mucho más sus negros que le rroban a los pobres de los yndios deste rreyno.

* [Qu]e el pan de comer, an de lleuar crus en el medios, y en la me[sa] del comer an de tener una (crus) en medio del cristiano. Y ci no lo ha[cien]do lo dicho, sea castigado en el mundo por el santo oficio y el pan [...] perdido, para que con ello sea seruido Dios Nuestro Señor en el mundo.

/ tanpu /

1 Véase GP, p. 448 y nota.

2 El virrey Mendoza y Luna, en el memorial a su sucesor, el Príncipe de Esquilache, también opina: “A de pensar que cada uno de todos estos negros, mulatos y mestiços es Rayo contra los indios, por lo qual se manda que no vivan ni conversen entre ellos, assí por el mal tratamiento que les hazen, como por las ruines costumbres que aprenden de su compañía” (Gl. kgl. Saml., 589, 2°, f. 29 r). Véase GP, p. 718. [2004:] Véase en este sitio el facsímil del informe del virrey, Luz de materias de Indias [Documento].